En 2022 las Naciones Unidas enumeró 10 recomendaciones con relación al manejo de los recursos arenosos (arena, grava y roca triturada):
Reconocer la arena como un recurso estratégico
Considerar los impactos para cada extracción local.
Habilitar un cambio de paradigma hacia soluciones de regeneración.
La política y la legislación deben soportar el manejo racional promoviendo alternativas.
Definir la propiedad, autoridad de aplicación y el acceso a la arena como recurso nacional estratégico
Mapear, monitorear e inventariar las fuentes de abastecimiento.
Establecer buenas prácticas, protocolos y guías para la extracción.
Reducir la demanda, sustituirla por otras alternativas y reciclar recursos.
Promover la responsabilidad social y ambiental de las áreas de extracción.
Asegurar la restauración y mecanismos de compensación promoviendo soluciones amigables con el ambiente (UNEP 2022 > https://www.unep.org/resources/report/sand-and-sustainability-10-strategic-recommendations-avert-crisis)
En las últimas décadas se extraen 40-50 mil millones de toneladas por año (18 kg/hab/dia), y de este modo se está llegando a una crisis de los agregados. En muchos países se la considera un recurso infinito al tiempo que se explota en ambientes frágiles como playas o ríos.
Entre 2020 y 2050 la población del mundo va a aumentar en 1.900 millones; Africa va a concentrar el 60% de la población y Asia el 33%. En 2050 el 68% de esta población va a vivir en ciudades (50% en Asia y 33% en Africa). Y se van a necesitar construir casas para esa población urbana.
El recurso doble en la costa
En las villas balnearias, la arena era un recurso minero y a la vez un recurso turístico. Durante todo el año se extraía arena para construir; en verano se explotaban las mismas playas para recreación. Eso sucedió hasta los 80 cuando la Fiscalía de Estado de Buenos Aires demostró que las extracciones privadas del Faro perjudicaban las playas públicas de Punta Mogotes. Se prohibió la extracción en General Pueyrredon, General Alvarado y Mar Chiquita; y con el tiempo se extendieron las prohibiciones a las playas de otros municipios. Hoy existen extracciones furtivas en el Partido de la Costa al margen de la prohibición. Otros municipios tienen canteras en dunas costeras autorizadas por la secretaria de minería de la PBA. En las playas del Faro se solicitaron sanciones para los concesionarios privados que sacan arena del dominio público para su beneficio.
La excepción
La arena es errónea y mundialmente apreciada como un recurso inagotable. En la plataforma continental argentina parece serlo pero está siendo limitada en la costa de Buenos Aires. En la metrópoli se comercializa arena extraída principalmente de ríos.
La Provincia de Buenos Aires autorizó una arenera en la base de la escollera sur del Puerto de Mar del Plata. La arena extraída disminuye de este modo los costos de dragado en la punta de la escollera, y aún así la arena se sigue acumulando en el acceso al puerto.
Arena que falta, arena que sobra
La mayor parte de la costa marina de la PBA tiene erosión costera. Los espigones de los años 80 trasladaron e incrementaron el problema inmediatamente al norte. Así la erosión de Mar Chiquita fue agravada por las defensas que hizo General Pueyrredon. La misma situación se da en el sur, entre General Alvarado y General Pueyrredon. Nuevas localidades como Mar del Sur, Costa Bonita, Claromecó, Pehuen Co ya tienen este problema incrementándose año a año. Existen comunidades biológicas que requieren vivir sobre la arena (epifaunales) o dentro de ella (infaunales), y cada temporada de verano registran un intenso impacto durante 2 meses.
2001 fue crítico para Las Toninas, Santa Teresita y Mar del Tuyú. Se erosionaron las playas; y se cayeron casas! Las expropiaciones se habían anunciado pero no se habían efectivizado. Así y todo, en el Partido de la Costa se acumula arena en Punta Médanos, Punta Rasa y al norte de Las Toninas. Solo hay que extraer esa arena acumulada y llevarla a las playas donde falta (como el refulado de 1998 en Mar del Plata pero con camiones). Esto requiere una evaluación de los impactos en las zonas de extracción pero no hay protocolos ni siquiera está definida la autoridad de aplicación (minería o ambiente?).
Los cambios inducidos por el clima
Estos problemas ya están. Pero se vienen otros. El nivel del mar va a subir indefectiblemente, y las sudestadas van a ser más frecuentes e intensas. No tenemos Ley de Costas y ya debemos contemplar los efectos del cambio climático en las playas. Mientras tanto las villas balnearias siguen desarrollándose según decretos del proceso (decreto-ley 8912/77) y otros opcionales (decreto 3202/06) ya desactualizados.
Federico Ignacio Isla
Prof. UNMDP, Investigador CONICET